1.244 servidores despedidos no volverán a sus cargos




Trabajo confirmó que la Resolución 032 amparó la supresión y que la Losep, artículo 47, sigue vigente
Desde el 25 de julio, el Gobierno de Daniel Noboa ejecutó la supresión de 1.244 puestos con nombramiento permanente. Las desvinculaciones se basaron en la norma laboral emitida en cumplimiento de la Ley de Integridad Pública. Esa ley fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional el 26 de septiembre. La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, explicó que la sentencia no tuvo efecto retroactivo en materia laboral. La funcionaria remarcó que lo realizado quedó firme y no se revertirá. Por esa razón, los 1.244 servidores despedidos no retornarán a sus cargos. El Estado desembolsó alrededor de USD 25 millones en indemnizaciones por estas salidas.
La base legal usada fue la Resolución 032 del Ministerio del Trabajo. Esta resolución se publicó en el Registro Oficial el 24 de julio. Horas después, la vocera Carolina Jaramillo anunció en cadena nacional un plan para desvincular hasta 5.000 funcionarios mediante supresión de partidas. Tras el fallo, la norma técnica quedó derogada junto con la Ley de Integridad y su Reglamento. Núñez aclaró que la supresión de puestos está prevista en el artículo 47 de la Losep. Ese artículo no fue modificado por la Ley de Integridad. Lo que cayó fue la norma que detallaba los fundamentos para suprimir cargos. Con ello, el esquema vuelve al régimen anterior establecido por la Losep.
Los recortes formaron parte de un plan de eficiencia administrativa para ajustar el gasto público. El proceso incluyó fusiones y absorciones de entidades iniciadas a mediados de agosto. De los 1.244 despidos, 106 correspondieron a entidades que pasaron por fusiones como Planificación, Miduvi, Ambiente y Energía. Hubo bajas en Presidencia, ministerios, agencias de control, puertos, Senae, SRI y otras instituciones. El Ministerio de Educación registró la mayor cifra con 100 personas y pagó alrededor de USD 3,6 millones en indemnizaciones.
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